El contenido
¿Qué lleva el plano de instalación eléctrica?
Un plano eléctrico registrable no es una planta con bocas dibujadas. El reglamento de formato pide plantas, esquemas unifilares y una planilla de cargas que tienen que contar la misma instalación, y detrás hay doce reglamentos técnicos y la reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina.
Las piezas
Lo que pide el reglamento de formato
El RT-020102-010300-02, que fija el formato y el contenido de los planos de instalaciones, tiene un cuadro con lo que lleva cada rubro. Para la instalación eléctrica, esto es lo que va en el plano, en formato .dwf.
Carátula
La reglamentaria, con la potencia
La carátula oficial de instalaciones, con los datos del inmueble, los roles profesionales y la potencia a instalar: «Potencia de la instalación proyectada, en Kw». Si la carátula no es la reglamentaria, el expediente vuelve en la revisión administrativa.
Plantas
Escala 1:100, con el medidor
Un croquis de localización y las plantas afectadas por la instalación, en escala 1:100, con la ubicación del medidor. No lleva cortes ni detalles, y no hay simbología oficial: se usa la del proyectista, con sus referencias.
Unifilares y planilla
El corazón del plano
Los esquemas unifilares de los tableros y la planilla de cargas, que en este rubro hace de memoria descriptiva. Es lo que cuenta cómo está armada la instalación: qué protege a qué y cuánta potencia pasa por cada línea.
La planilla de cargas
Qué columnas tiene
El modelo oficial está en un anexo del reglamento de formato. Recorre la instalación desde el tablero general hasta cada circuito, y en cada fila declara:
- El tablero general y el seccional, con su destino.
- La línea seccional: el conductor y el caño.
- Las bocas de cada circuito, de luz y de tomas, parciales y totales.
- La potencia en kVA, de centros y de tomas, y la potencia asociada.
- La tensión nominal y la intensidad nominal, parcial y total.
- Al pie, el factor de simultaneidad.
La coherencia
Plantas, unifilares y planilla, una sola instalación
Las bocas que se cuentan en la planilla tienen que ser las que están dibujadas en las plantas, y los circuitos de la planilla, los que salen de los tableros en el unifilar. La potencia de la planilla, en kVA, tiene que ser coherente con la que declara la carátula, en kW: no son el mismo número, porque entre las dos está el factor de potencia.
En nuestra experiencia, la planilla es la pieza que más observaciones recibe cuando viene armada de memoria. Por eso la calculamos sobre lo relevado, antes de dibujar.
Grados de electrificación
Cuatro grados, y quién los define
El artículo 3.9.2.6 del Código nombra cuatro grados de electrificación —mínima, media, elevada y superior— y dice que se establecen «teniendo en cuenta el número de circuitos y los puntos de utilización que deban considerarse como mínimo». La relación con los circuitos la deja a los reglamentos técnicos.
El reglamento técnico de grados, el RT-030902-020201-06, dice que dependen «del destino y área de la superficie del inmueble» y remite a la reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina, la AEA 90364: la sección 770 para viviendas unifamiliares de hasta 63 A, y la 771 para viviendas de más de 63 A, oficinas, locales comerciales y pequeñas empresas.
Los circuitos
Cinco tipos de línea
El Código clasifica las líneas de circuito en cinco tipos, y el reglamento técnico remite su definición a la AEA:
- IUG: iluminación de uso general.
- TUG: tomacorrientes de uso general.
- TUE: tomacorrientes de uso especial.
- IUE: iluminación de uso especial.
- OCE: otros circuitos específicos.
El grado fija cuántos circuitos y cuántos puntos de utilización hay que prever como mínimo. Por eso lo definimos al empezar: si el grado está mal elegido, la planilla entera queda mal.
Tensión y suministro
Lo que define la entrada de la energía
Antes del primer circuito está la acometida. El Código y el reglamento técnico de alcance fijan qué tensión es cuál y cuándo el edificio tiene que dejar lugar para la distribuidora.
Baja y media
Hasta 1 kV, hasta 36 kV
Baja tensión es hasta 1 kV en corriente alterna, inclusive; media tensión, más de 1 kV y hasta 36 kV. En baja tensión, dentro de cualquier inmueble, se cumplen las prescripciones de la AEA 90364, y los componentes tienen que responder a normas IRAM o IEC.
Centro de transformación
60 kVA o 1.500 m²
El Código pide un local o espacio para el centro de transformación de la distribuidora cuando la demanda estimada supera los 60 kVA. El reglamento técnico suma otro disparador: más de 1.500 m². Es un dato que conviene tener antes del anteproyecto, no después.
Medición
Un lugar para los medidores
«En todos los casos, debe disponerse de una instalación de acometida y medición, según el nivel de tensión de suministro.» Con suministros agrupados, como en un edificio de departamentos, hay que prever un espacio o local para la medición de cada unidad.
Iluminación de emergencia
Dónde la pide el Código
El artículo 3.9.2.7 da una lista de usos: estaciones de transporte subterráneo, edificios administrativos del Estado, auditorios, estudios de radio y televisión, salas de baile, teatros, cines, circos, estadios, hoteles de todas las categorías, edificios de sanidad, bares, restaurantes, comidas rápidas, templos, museos, centros de exposiciones, grandes centros comerciales y tiendas, supermercados y todo «edificio de propiedad horizontal que tenga zonas comunes, sean multifamiliares, de oficinas u otros usos».
O sea, alcanza a casi cualquier edificio en propiedad horizontal: los palieres, escaleras y halls de un consorcio están en la lista.
Los valores
Cinco segundos y 20 lux
- Encendido automático dentro de los 5 segundos, con fuentes independientes de la red y una tensión nominal que no supere los 48 V.
- 20 lux medidos a nivel de piso; en escaleras, accesos a ascensores, cambios de dirección y puertas, 30 lux a 0,80 m del solado.
- Una relación máxima de 40 a 1 entre la iluminancia máxima y la mínima, según el reglamento técnico.
- La reglamentación de la AEA que se aplica es la 718 en lugares de pública concurrencia y la 772 en los espacios comunes de inmuebles colectivos.
El marco técnico
Los doce reglamentos técnicos de instalaciones eléctricas
Detrás del artículo 3.9.2 del Código hay doce reglamentos técnicos, aprobados por la Resolución 95/SSREGIC/19 y vigentes según el índice de la Resolución 224/SSGU/24. No son papeles que se suman al expediente: son las reglas que el proyecto tiene que cumplir.
| Reglamento | Tema |
|---|---|
| RT-030902-020201-01 | Alcance de la normativa |
| RT-030902-020201-02 | Seguridad de las instalaciones |
| RT-030302-020201-03 | Iluminación de medios de circulación |
| RT-030301-020201-04 | Locales para instalaciones y medidores de las empresas de servicios públicos |
| RT-030902-020201-05 | Líneas y circuitos |
| RT-030902-020201-06 | Grados de electrificación en inmuebles |
| RT-030902-020201-07 | Instalaciones eléctricas de emergencia |
| RT-030902-020201-08 | Grupos electrógenos |
| RT-030910-020201-09 | Medios mecánicos de elevación: su instalación eléctrica |
| RT-030903-020201-10 | Protección contra descargas atmosféricas en estructuras |
| RT-0308…-020201-11 | Estaciones de servicio |
| RT-030903-020201-12 | Balizamiento y señalización aérea |
Si tu instalación tiene un grupo electrógeno, su reglamento es el -08 y lo explicamos en planosgrupoelectrogeno.com.ar. Si el edificio tiene ascensores, su instalación eléctrica tiene reglamento propio, el -09.
¿Tenés un plano viejo o uno observado?
Mandanos por WhatsApp lo que tengas: el plano, la observación o una foto del tablero. Te decimos qué le falta para ser registrable.