
Preguntas frecuentes sobre el plano de instalación eléctrica
SI ME CORRESPONDE O NO
Tengo 40 kW instalados. ¿Me corresponde plano?
La potencia no decide. El artículo 2.1.5 del Código exige el permiso por tipo de instalación, y las eléctricas están en la lista sin ningún umbral. Podés tener 5 kW y necesitar plano, o mucho más y resolverlo por declaración jurada si la obra es de vivienda. La potencia define cómo se dibuja el plano, no si hay que presentarlo.
Es una vivienda. ¿Igual tengo que presentar plano?
Probablemente no. Cuando la obra civil tiene vivienda como uso principal, el reglamento admite reemplazar el plano de instalaciones sanitarias y eléctricas por una declaración jurada del profesional, que asume la responsabilidad por la ejecución. Es más corto y más barato. Lo verificamos antes de presupuestarte.
Voy a reformar un local comercial. ¿Necesito plano nuevo?
Fuera de vivienda no corre la excepción, así que en principio sí. Ahora, si la intervención es chica, el Código admite el Aviso de Obra para «modificaciones de menor envergadura» en instalaciones eléctricas. Contanos qué vas a tocar y te decimos por qué vía va.
Tengo el protocolo de puesta a tierra al día. ¿Ya cumplí?
No, son dos obligaciones distintas. El protocolo de puesta a tierra lo exige la Resolución SRT 900/15, es laboral y nacional, y se renueva periódicamente. El plano lo exige el Código de Edificación de la Ciudad y se registra ante la DGROC. Muchos edificios cumplen una sola de las dos sin saberlo.
EL TRÁMITE
¿Qué es la planilla de cargas y por qué la piden?
Es el anexo donde se declara la potencia parcial y total en kVA, la intensidad nominal, la cantidad de bocas, las secciones de los conductores y el factor de simultaneidad. Tiene que ser coherente con la potencia a instalar que figura en la carátula del plano. Es lo primero que verifican, y la causa más común de que un expediente vuelva observado.
¿Qué es el grado de electrificación?
Es el nivel de instalación que el Código asigna a cada inmueble según su superficie y su uso, en el apartado 3.9.2. De ahí salen los circuitos, las secciones y las protecciones. Si el grado está mal elegido, la planilla de cargas entera queda mal y hay que rehacerla.
¿Necesito la firma de todos los vecinos?
Si el inmueble está en propiedad horizontal, hace falta la conformidad de los copropietarios certificada ante escribano público, indicando que corresponde al 100% o a las mayorías del Código Civil y Comercial. El acta de asamblea sola no alcanza, ni la firma del administrador.
¿Por qué el plano tiene que ir en .dwf?
Porque lo exige el reglamento. No sirve un PDF ni el DWG sin convertir. Es uno de los motivos más frecuentes por los que un expediente no avanza en la primera presentación.
COSTOS Y ALCANCE
¿Cuánto cuesta?
Desde $580.000. Ese valor cubre el relevamiento, la definición del grado de electrificación, el cálculo y la planilla de cargas, el proyecto y dibujo del plano, las encomiendas visadas y la presentación con seguimiento hasta el registro. Quedan aparte los sellados, el informe de dominio y el visado del consejo, que se pagan a terceros y se rinden con comprobante.
Si va por declaración jurada, ¿sale menos?
Sí. Al no haber plano que proyectar y dibujar, el alcance es menor y el presupuesto también. Por eso lo primero que hacemos es verificar si tu caso encuadra en la excepción de vivienda, antes de cotizarte nada.
La instalación tiene treinta años y nadie sabe si tuvo plano. ¿Qué hago?
Es la consulta más frecuente que recibimos. No hay que desarmar nada: el artículo 2.1.15 del Código prevé la regularización de instalaciones ejecutadas sin permiso previo. Se releva lo que existe, se documenta y se regulariza.
Me pidieron plano eléctrico para una habilitación. ¿Es lo mismo?
Es el mismo plano, pero el que te lo pide es otro trámite. La habilitación tiene sus propios requisitos y plazos, y a veces la exigencia viene de ahí y no de una obra. Si tu caso es ese, mirá también habilitacionescaba.com.ar, porque conviene resolver los dos expedientes de forma coordinada.
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